Para organizar el Estado dicen muchos. Esta
explicación nos debería causar molestia porque es absolutamente equivocada. No
es que una constitución no organice los poderes del Estado. Sí los organiza, pero
eso sólo es accesorio a su objetivo número uno: LIMITAR EL PODER.
La historia del constitucionalismo así lo demuestra.
Desde la Carta Magna de 1215 cuando Nobles ingleses obligaron al Rey Juan I a
reconocerles ciertos derechos y aceptar que no podía ejercer el poder de manera
arbitraria, hasta la constitución arquetípica, la de Estados Unidos, aquel
documento del que Louis Rougier dijo “Cuando consideramos cómo una
constitución redactada por un grupo de caballeros rurales para cuatro millones
de coloniales se ha adaptado (con unos pocos cambios menores) a las necesidades
del país más industrializado del mundo, con una población de 200 millones, nos
vemos obligados a preguntarnos si no sigue siendo hasta ahora la mejor garantía
de la libertad que se haya logrado en cualquier nación.”
De ese momento en la historia nacieron grandes
aportes a la humanidad: la idea que todo hombre es dueño de su propio destino;
que el gobierno le rinde cuentas al ciudadano, no el ciudadano al gobierno; la
idea de la revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes; la
distribución de poderes entre un gobierno central y los Estados y el poder de
veto que un presidente tiene sobre las leyes, entre otros.
Una constitución es un conjunto de reglas que guían el funcionamiento de un país, estado u otra organización política. La constitución puede decir cuáles son las ramas del gobierno, qué poderes tienen y cómo funcionan. Donde también indica los derechos de los ciudadanos.
Una constitución es un conjunto de reglas que guían el funcionamiento de un país, estado u otra organización política. La constitución puede decir cuáles son las ramas del gobierno, qué poderes tienen y cómo funcionan. Donde también indica los derechos de los ciudadanos.
La constitución dota de facultades los servidores del
Estado para que éste cumpla con las funciones que legítimamente se esperan de
él. Ello significa mandato para a hacer todo lo que este en el ámbito de sus
atribuciones para cumplir con esas obligaciones, pero al mismo tiempo,
significa también prohibirles hacer todo aquello que las menoscabe. En este
sentido, la funcionalidad, o el para qué, de la Constitución radica en
garantizar que las normas secundarias y la política pública potencien los
derechos fundamentales y, por tanto, en evitar que las normas o políticas
publicas los restrinjan.
Si la constitución sirve para limitar el poder, podrás pregúntate: ¿por qué los países con dictadores tienen constituciones? Yo iría más lejos. Incluso los totalitarismos se dieron constituciones, la Unión Soviética tuvo cuatro. Venezuela ha tenido 26 constituciones de gobierno en gobierno. Los Estados Unidos, solo una desde su fundación.
Pero estos hechos no desvirtúan la
función originaría de la constitución. El problema es que se le ha entendido
mal, incluso en la academia, donde se dice una y otra vez que una constitución
sirve para organizar el Estado. Sin embargo, yo insisto. Sí los organiza, pero su objetivo fundamental es limitar
el poder.
El orden constitucional puede incluir, además del
texto constitucional mismo, otros
instrumentos legales con significado constitucional. Estos típicamente incluyen leyes electorales, leyes sobre
financiamiento de partidos.
Es aquí donde quería llegar. El poder electoral y La
Constitución como regla del juego.
Imagina dos equipos jugando
un partido de fútbol. Si el equipo en posesión del balón podría cambiar las reglas del juego y nombrar a su propio
árbitro, entonces el juego apenas seria justo. Un equipo siempre ganaría y el otro perdería, o simplemente
se detendría jugando. Esto es como la vida política sin un orden constitucional
democrático. La facción o grupo en el poder
compone las reglas, y los que están en oposición están excluidos de un juego que está manipulado contra ellos. Un orden constitucional democrático actúa como el árbitro. Se aseguran de que todos puedan jugar el "juego
político" de manera justa.
A
pesar de lo atropellado, arbitrario y fraudulento que resultó el proceso
constituyente de 1999, o quizá precisamente por ello, el entonces presidente
Chávez alabó en diversas oportunidades el texto de la Constitución de 1999.
Para el oficialismo, esa Constitución se convirtió en un verdadero “documento
fundacional”. Desde el año 2000, la justificación de la actuación estatal se
encontró siempre en la Constitución de 1999, aun cuando en muchas ocasiones esa
actuación suponía, irónicamente, una violación de la propia Constitución.
Quizás fue por ello que la llamo la bicha.
Estamos
en estos momentos de la vida política del país, de vuelta en la incertidumbre
de un proceso electoral. Las parlamentarias. La elección de una nueva Asamblea
Nacional. Por mandato constitucional.
Las elecciones cumplen un propósito de autorrealización al
confirmar el valor y la dignidad de los ciudadanos como seres humanos. Cualesquiera
que sean las otras necesidades que puedan tener los votantes, la participación
en una elección sirve para reforzar su autoestima. Votar le da a las
personas la oportunidad de expresar su opinión y, a través de expresar
partidismo, satisfacer su necesidad de concebir un sentido de
pertenencia. Incluso la no votación satisface la necesidad de algunas
personas de expresar su alienación de la identidad política. Precisamente
por estas razones, la larga batalla por el derecho al voto y la
exigencia de igualdad en la participación electoral puede verse como
la manifestación de un profundo anhelo humano por la realización
personal.
Venezuela se encuentra hoy en un punto de transición, que es
a la vez peligroso y fugaz, pero puede representar la última mejor
oportunidad del país para evitar una desintegración más extensa en la
violencia y el caos, impactando gravemente su seguridad y la prosperidad
perdida.
El proceso electoral debe estar encabezado por un Consejo
Nacional Electoral (CNE) nuevo, equilibrado e independiente, seleccionado a
través de la Asamblea Nacional, según el mandato constitucional.
Este CNE debió ser nombrado por la Asamblea Nacional lo antes
posible de acuerdo con la constitución, a fin de permitir suficiente tiempo
para prepararse para las elecciones.
De haber hecho la tarea, hoy tendríamos el restablecimiento
de todos los poderes y autoridad de la Asamblea Nacional legítima y
constitucional de Venezuela. Eliminadas todas las restricciones a individuos y
partidos políticos para permitir su libre participación en las elecciones Esto
incluyendo protecciones para aquellos que huyeron del país por temor a su
seguridad, y la liberación de todos los detenidos arbitrariamente, incluidos
los presos políticos. Observación electoral independiente, libre de
restricciones indebidas, compuesta por expertos nacionales e internacionales.
El acceso ilimitado a medios/telecomunicaciones/internet a fuentes de noticias
independientes y tiempo de transmisión equitativo que debe estar disponible
para todos los candidatos, partidos y el electorado. No se debe permitir que el
desgobierno de Maduro dicte el contenido de los medios independientes. Esto
incluye el permitir el ejercicio de los derechos de reunión pacífica y la
libertad de expresión sin represión, represalia o interrupciones del servicio
por motivación política. Todo ello lo hubiéramos atesorado.
Pero solo nos hemos quedamos en propósito.
Al momento de escribir esta nota ya tenemos de vuelta, una
vez más, dejar de lado el deber ser de la constitución. El TSJ ha nombrado y
juramentado una nueva directiva a la medida y gusto del desgobierno. Los del
TSJ no se inmutaron en que lo que la Constitución regula es una “elección
popular” de 2o grado de los rectores del CNE por los diputados electos. Con el
“nombramiento” que han hecho, mayor usurpación de la voluntad popular es
imposible. Han vuelto a pisotear la constitución una vez más.
De
un plumazo nos metieron un nuevo CNE De un plumazo tendremos elecciones De un
plumazo tendremos diputados. Regresándonos al dilema de votar o no votar.
La compleja decisión de participar o no en una elección en
Venezuela. Hoy se resume así: si se decide participar, es para crear una crisis
de legitimidad en el status quo dominante; si se decide lo contrario, debe
proponerse una estrategia alternativa para lograr el mismo objetivo.
Aunque han decretado 30 días mas de estado de alarma y
confinamiento. También se extiende hasta
el 12 de julio, el cierre del Espacio Aéreo Venezolano. Vuelos nacionales e
internacionales. Nosotros seguimos pensando en la fecha del sábado 27 de junio para
el Conversatorio Liberal de Caracas, a pesar de ello. Seria como una forma de
rebeldía.
Y recuerda… Ciudadano en Acción. ¡Juntos es Mejor!
Raul Amiel
raulamiel@gmail.com
@raulamiel
Original: MIS NOTAS FB.- DOMINGO 14 DE JUNIO 2020.-
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